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Propiedad intelectual y la inteligencia artificial como productora de obras de no-arte

Español


Main author information

Carlos Raya de Blas (Spain)
Universidad da Coruña (UDC) (Spain) 4097
Scientific production

Event
GKA TECHNO 2022:     11th International Conference of Technology, Science and Society
04/21/2022

Keywords
creatividad inteligencia artificial supremacismo maquínico derecho de autor

Abstract

Desde algunas perspectivas de la Filosofía del Derecho se intenta construir un modelo de propiedad intelectual que permita privatizar el producto resultante del proceso computacional, dando por supuesto que la inteligencia artificial es una entidad dotada de personalidad subjetiva y capacidad creativa. Desde estos supuestos se exige el reconocimiento de la máquina como sujeto de pleno derecho de la propiedad intelectual. Plantearemos la discusión de estos planteamientos hegemónicos desde tres ejes: la naturaleza de la propiedad intelectual, la naturaleza del sujeto y la del objeto apropiado. Se advierte sobre los riesgos de la personificación de la máquina, poniendo en duda, en primer lugar, su capacidad inventiva productora de novedades objetivas ya que carece de autonomía; y negándole, en segundo lugar, la capacidad creativa de obras de arte por otra razón distinta: el crear artístico es una forma de expresión de lo inefable existencial experimentado como sentimiento y emoción por una persona subjetiva singular. Toda obra de arte es, por fuerza, expresión singular de aquella subjetividad. ¿Las máquinas son conscientes, sienten y necesitan expresar sus inquietudes existenciales? La máquina, se propondrá, solo puede considerarse artefacto productor de objetos de no-arte, meras mercancías dentro del marco de la patente, adjudicables al propietario del capital fijo o de aquel que lo haya contratado la obra.