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Se pretende en este estudio abordar las prácticas ciudadanas como producto de la conciencia jurídica del sujeto, entendiendo que esta última se desarrolla a través de la convergencia de valores, realidades, ideales y actitudes que el individuo percibe de manera permanente o espontánea respecto al derecho, y que tienen para él la relevancia suficiente; son significativos y por ello merecen ser incorporados a su devenir subjetivo. Contextualizar el concepto es la mejor manera de poder apreciarlo en su verdadera dimensión. La conciencia jurídica aparece como propuesta frente a la necesidad de estudiar el derecho mas allá de la dogmática y como reacción a la crisis moderna del humanismo, pretendiendo rebatir el humanismo jurídico que reduce lo humano a la norma y cuya base son los arquetipos normativos que plantean la coerción, la represión del espíritu como estandarte y que desestiman los valores sociales como punto de partida de la organización social (Castrillón López, 2012). Se establece como tendencia durante la década de 1990 entre los autores pertenecientes a Law and Society la denominada Legal Consciouness Studies -en adelante LCS- o estudios de conciencia legal o jurídica. Contrario a los estudiosos de sociología jurídica anteriores que habían centrado como objeto de estudio las Instituciones estatales y las producciones de altas cortes, los autores de LCS se mantienen en que el derecho es producido y reproducido cotidianamente por todos sus usuarios a través de las representaciones mentales y a las prácticas sociales que estas originan, replanteando la sistémica del derecho como unitaria, permanente y neutral y contraponiendo la pluralidad, maleabilidad y contingencia que puede llegar a presentar el derecho en contextos determinados. Se muestra entonces el Derecho desde una perspectiva culturalista creada en una relación de verticalidad ascendente y descendente enfocado en la visión bottom-up es decir vista desde abajo, en la cual actores, prácticas y realidad social se construyen mutua y permanentemente (García, 2005) replanteando con criterios posmodernos la modernidad imperante en los sistemas rígidos, positivistas y dogmáticos. Así pues la pertinencia del concepto en lo que a ciudadanía respecta, está en la conciencia jurídica entendida como la forma en que la persona percibe el derecho en la cotidianidad de sus relaciones con sus diferentes interlocutores (otros individuos o los otrora denominados grupos de referencia) y como esta relación de aprehensión de conceptos deviene en prácticas de relación hacia mí como ciudadano, hacia mi entorno social y consecuencialmente hacia mi entorno político y jurídico. La conciencia jurídica sería resultado de las experiencias de subjetivación; partiendo principalmente de las experiencias de sí en contraste con el otro, visto desde el lente que le ofrece el aparato de poder estatal a través del Derecho; puntualmente desde los discursos normativos. Así podrá el sujeto asumir su posición dentro del juego social, interrelacionarse con los otros y desde ahí enfrentar sus relaciones de poder buscando bien integrarse, bien proscribirse, dependiendo de la necesidad del momento.
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